El pasado 21 de septiembre la Fiscalía Anticorrupción presentó informe admitiendo las querellas presentadas en la Audiencia Nacional contra el Banco Popular.


En el informe emitido por la Fiscalía solicitó que la causa fuese declarada compleja y la tramitación del procedimiento se realizara en piezas separadas, en aras a simplificar y agilizar el mismo.

El pasado martes 3 de octubre, se pronunció el Juzgado Central de Instrucción nº4 de la Audiencia Nacional, mediante un Auto en el que acuerda admitir a trámite las querellas presentadas contra el Banco Popular, S.A, y contra los miembros del Consejo de Administración de Banco Popular.

Los delitos presuntamente cometidos y que serán objeto de instrucción son los siguientes:

  • Delito continuado de falsedades societarias y administración desleal de patrimonio societario, delito continuado contra el mercado y los consumidores
  • Delito continuado de falsedades documentales
  • Delito continuado de apropiación indebida

De acuerdo con el criterio expuesto por el Ministerio Fiscal, la Audiencia Nacional ha acordado mediante este auto la división de la instrucción en dos piezas separadas:

  • 1ª Fase, referida a la ampliación de capital realizada por el Banco en el ejercicio 2016, y los hechos conexos
  • 2ª Fase, referida a investigar los hechos relativos a la manipulación del mercado mediante la publicación de noticias que contenían datos e información falsa, así como los delitos conexos, como el uso de información privilegiada y relevante para la cotización de las acciones del Banco.

Asimismo, el Juzgado se ha pronunciado acerca de las diligencias a practicar

Entre otras ha acordado librar oficio a la CNMV para que remita copia de expedientes administrativos, y de los hechos relevantes que fueron comunicados a ese organismo por la entidad Banco Popular.

También se ha acordado librar oficio al Banco de España para que remita copia del documento resultante del Programa de supervisión ordinaria llevada a cabo por el Banco Central Europeo sobre el Banco Popular, así como los informes, documentos y expedientes elaborados por el Grupo de Inspección y Supervisión encargados del Banco Popular.

En el Auto se requiere al Banco Popular a que remita copia de las actas de las reuniones de su Consejo de Administración, copia del informe de auditoría interna, y copia de todos los requerimientos y peticiones que le fueron formulados por Pricewaterhousecoopers SL. Asimismo se ha requerido a la consultora para que aporte el informe limitado de auditoría de Banco Popular.

Se ha requerido también al FROB para que remita los expedientes administrativos completos abiertos en relación al Banco Popular.

Estas son algunas de las diligencias acordadas, además de la prueba documental aportada.

¿Afectado por el Banco Popular? Solicite más información

Eurojuris España es una asociación internacional de despachos de abogados que ofrece asesoramiento jurídico en todo el territorio español. ¡Infórmate sobre las condiciones de adhesión!