Asesoramiento en Ley de Segunda Oportunidad
Desde Eurojuris España ofrecemos asesoramiento en Ley de Segunda Oportunidad, o Ley de mecanismo de segunda oportunidad, reducción de la carga financiera y otras medidas de orden social, en vigor desde el 27 de febrero de 2015 mediante Real Decreto-Ley 1/2015.
Objetivo de la Ley de Segunda Oportunidad
El objetivo de la Ley de la Segunda Oportunidad es ofrecer un vehículo legal a autónomos y particulares que se encuentran en situación de insolvencia. La ley permite cancelar las deudas a los deudores “de buena fe” que no puedan hacer frente a sus compromisos económicos.
Destinatarios de la Ley de Segunda Oportunidad
Podrán acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad ciudadanos particulares y profesionales por cuenta propia inmersos en una situación de insolvencia originada por factores imprevistos y fuera de su control.
Procedimiento a seguir
En primer lugar es necesario, aunque no obligatorio, que el deudor trate de llegar a un Acuerdo Extrajudicial de Pagos con sus acreedores. En este proceso el deudor negociará el pago de sus deudas liquidando sus bienes o estableciendo un calendario de pagos. Este proceso será tutelado por un juez y tendrá una duración de dos meses. De no alcanzar un acuerdo se iniciará el concurso de acreedores.
El concurso de acreedores
El concurso de acreedores es un procedimiento judicial para resolver una situación de insolvencia. Este procedimiento persigue por una parte que los acreedores puedan cobrar y por otra la búsqueda de soluciones para conseguir reflotar la situación y evitar la quiebra. El juez del concurso será el encargado de valorar la situación económica del deudor y otorgarle el beneficio de exoneración del pasivo insatisfecho, ya sea parcialmente o en su totalidad, siempre y cuando el deudor haya demostrado obrar de buena fe.
El deudor no quedará exento en ningún caso del pago de las deudas que tuviera con Hacienda ni con la Seguridad Social. Tampoco se condonarán las deudas por manutención alimenticia de hijos, en caso de estar divorciado.
En cualquier caso cualquier acreedor podrá solicitar la revocación de la exoneración de deudas si entiende que el deudor ha obrado de mala fe o ha obtenido ingresos en negro. De aceptar el juez la revocación, el emprendedor dejará de estar sometido a esta ley y volverá a contraer sus deudas.